El Congreso de los Diputados dio ayer su respaldo definitivo a la ley de medidas de apoyo a los emprendedores, que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, tal y como venimos informando de un tiempo a esta parte. La nueva norma contó con el respaldo de Partido Popular y CiU y fue aplaudida como un «gran avance» por algunas organizaciones patronales de autónomos y pequeñas empresas, entre ellas ATA y Cepyme. Sin embargo, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) se quejó de que «no cubre todas las expectativas que se habían creado» y «deja muchos aspectos sin resolver o con soluciones no del todo satisfactorias».
La principal asociación de autónomos (ATA) cree que la nueva ley para fomentar el emprendimiento servirá para «fomentar la creación de empresas» y «activar la economía». Por su parte, Cepyme considera que la ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización «contribuirá a impulsar la iniciativa empresarial». No obstante, recuerda que «aunque es positiva, no es suficiente» porque el tejido de pequeñas y medianas empresas necesita «más medidas de apoyo mediante incentivos y deducciones fiscales, así como cauces estables de financiación». A continuación se resumen algunos de los principales puntos de la nueva normativa.
No se adelanta
A partir del año que viene, los autónomos y las pymes tendrán la posibilidad de esperar a cobrar las facturas para abonar las cuotas del IVA a Hacienda. Eso sí, el volumen de negocio deberá ser inferior a los dos millones de euros.
Cotizaciones sociales
Tarifa plana:
Se extiende la tarifa plana de 50 euros en las cotizaciones sociales para todos los emprendedores que se den de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA).
Deducciones
Reinversión de beneficios:
Los beneficios reinvertidos en nuevos proyectos de más de cinco años de duración disfrutarán de una deducción del 10 % en el impuesto de sociedades. Además, los que inviertan en empresas nuevas o de reciente creación podrán deducir hasta 4.000 euros en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Extranjeros
Permiso de residencia:
Los extranjeros que decidan invertir en España al menos 500.000 euros en la compra de viviendas, edificios, locales, hoteles, terrenos o cualesquiera otros bienes inmuebles recibirán un permiso de residencia válido por dos años, que les evitará el trastorno de tener que abandonar el país cada 90 días y acudir a un consulado para renovar sus visados turísticos. Lo mismo ocurrirá con los que inviertan dos millones de euros en la compra de deuda pública española. El proyecto diseñado por el Ejecutivo no contempla a estos inversores como potenciales beneficiarios de ningún derecho de tipo social. Para empezar, no tendrán por ello acceso a un permiso de trabajo.